Monreal: Oscurantista y burro.
Por Inocencio Yáñez Vicencio.
Después de haber leído y escuchado de Ricardo Monreal, que votó a favor de la Reforma Eléctrica ( en rigor Contrarreforma ), porque recibió una revelación, no me sorprende que ahora salga con disparates. Los desplantes del zacatecano a mi nunca me han engañado. Ricardo se salió del PRI, simplemente porque no le dieron la candidatura a gobernador de su estado, pero no porque no estuviera en desacuerdo con su ideología y sus prácticas. Sus diferencias con los hijos de Amlo, no le dejaron llegar a la jefatura de la Ciudad de México. Los escándalos de sus edecanes en Chiapas, en el 2018, lo muestran de cuerpo entero, como la riqueza acumulada y su nepotismo. Les advertí oportunamente que la correa que tenía como líder de la bancada morenista en el Senado, no le permitiría moverse más allá de donde su amo quisiera, por lo que era de bobos creerle que era una posible ficha de su aliado Dante. Su activismo a favor del dentista J. M. Del Río Virgen, detenido por el crimen del candidato a la presidencia municipal de Cazones, que lo confrontó con el gobernador Cuitlahuac, hizo que algunos oportunidad lo vieran como su redentor y alternativa al cerrojo de Morena, cosa que exhibí como maniobra para dividir a las fuerzas opositoras, por lo menos como parte de un juego para que no madurara una sólida opción. Su malabarismo quedó al descubierto cuando después de amagar, como era su costumbre en cada votacion importante, hace pública, la causa por la que votó a favor de la Reforma Eléctrica ( contrarreforma ), según él fue que tuvo una revelación. A partir de ahí no pudo seguir jugando al opositor y se desenmascaró como un auténtico payaso, que lo utizan de acuerdo a la función que nos brinda el circo para el que trabaja.
El día de hoy, al abrir uno de los diarios de circulación nacional, en primera plana, se publica una declaración suya que textualmente habla de que son el constituyente permanente y que si hay problemas, pueden modificar cualquier transitorio de la Constitución, por lo que deseo precisarle lo siguiente:
1. Vigilar la Constitucion enfrentó a Carl Schmitt ( ideólogo jurídico de Hitler) y a Hans Kelsen. El primero decía que quien debe velar por la Constitucion, era el jefe del Estado, porque representaba unitariamente a la nación, en tanto el jurista austríaco sostenía que fuera un Tribunal Constitucional, compuesto por visiones políticas y jurídicas, porque la Constitución era un texto político. Precisamente propuso por eso que fuera distinto a la Corte y con ello se evitaría que en conflictod de órganos en que estuviera involucrado el Máximo Tribunal, no fuera juez y parte. El consenso se inclinó por la tesis del austríaco. Por lo que desde entonces velar por la Constitución queda en manos del Tribunal Constitucional o de quien ejerza esa función.
2. Es clara la insinuación de Ricardo- y tan es así que ya se apresuró a tratar de matizar sus afirmaciones- en el sentido de que en nuestro caso el constituyente permanente es un poder originario, con lo cual oficializaría la liquidación del Estado Constitucional, porque debe de saber que ahí donde el poder reformador, que llámese como se llame, es un poder constituido, puede arrogarse la facultad de modificar la voluntad del constituyente, puede hablarse de imperio de la ley pero no de la Constitución.
3. Para que halla Supremacía Constitucional, es necesario que los poderes constituidos no puedan modificar la voluntad del poder constituyente.
4. Un Constituyente se forma con diputados especialmente electos para elaborar una nueva Constitución y con su producción llega a su fin su período.
5. Tanto Montesquieu como la prinera Constitución de la Revolución francesa, especifican que sin división de poderes y reconocimiento y garantía de derechos del hombre y del ciudadano, no hay Constitución, con lo que queda claro que modificar esos dos temas es producir una nueva Constitución o dejarnos sin ella, por lo que su alteración corresponde únicamente a un Constituyente.
6. Convocar a un Constituyente no es función de los poderes constituidos sino de fuerza revolucionarias, porque un Constituyente no tiene límites jurídicos. En 1917, Don Venustiano Carranza, quedó como encargado del Ejecutivo, es decir, en reserva. El presidente del Asamblea Constituyente, Luis Manuel Rojas, envió al cesto de la basura el proyecto que le presentó el encargado de la Presidencia de la República. El mérito de Don Venustiano, fue haber dejado en libertad a los diputados.
7. Nosotros no inventamos el constitucionalismo ni la teoría constitucional. Es un orgullo leer a Bartolomé Clavero, distinguido constitucionalista edpañol, y ver el elogio que le hace a Miguel Ramos Arizpe, como diputado provincial, que toma la estafeta liberal, que posteriormente recepcionaría Don José María Morelos y Pavón, que a mi juicio, nunca debió poner su espada a disposición del Congreso de Anahuac, pero no obstante ser un un error, lo agiganta como enemigo del militarismo y del mando personal, pero nuestra militancia en el liberalismo nos viene de muy lejos.
8. Debía de informarse que el liberalismo tiene fundamentalmente dos vertientes. La económica que se sintetiza en el dejar hacer dejar pasar y la vertiendo filosófica política, que gira en torno de la libertad negativa, libertad no invasiva. Esta segunda cobra fuerza a partir de necesidad de limitar el poder que nace del abandono de una sociedad de diversos polos de poder a una sociedad con un poder concentrado, que urge someterlo al derecho.
9. El constitucionalismo es una técnica ideada para limitar al poder, un poder que siendo uno, lo divide para que el poder detenga al poder, bajo el principio de que los tres son equiparables( Giuseppe de Vergottine. Derecho Constitucional Comparado. UNAM. 2004. Pag. 274 ).
10. Grave que nos digan que el pasado 2 de junio, el pueblo votó por las Reforma Judicial, porque desde la Revolución francesa, quedaron abolidas las cartas de instrucción para los representantes. No hay mandato imperativo en los paises libres. Aquí votamos para que el número de sufragios determine quién tiene derecho a ocupar el cargo en disputa, la función viene de la Constitución. En un Estado organizado política y jurídicamente, la soberanía reside en el pueblo, que la plasma en su Constitución, de ella vienen por eso las potestades. Es un poder, dividido en tres para su equilibrio y los tres son equiparables, se dividen para su limitación. Nos guste o no, mientras no se produzca otra Constitución, quien debe interpretar y decir si se cumple con la voluntad del constituyente, es el poder que tiene a su cargo velar por la norma suprema y en México esa función la tiene la Suprema Corte, si el titular de otro poder desacata al Máximo Tribunal, ya no estamos ante un Estado Constitucional sino ante una dictadura.
Que lamentable que Ricardo Monreal, que presume de ser maestro de derecho constitucional de la UNAM, no se haya conformado con exhibirse como un oscurantista sino ahora como un ignorante del derecho y la teoría constitucional.