Al fijar pensiones del ISSSTE en UMAs y no en salarios mínimos, SCJN atendió criterios económicos, financieros y políticos: SNTE

Nacional

Dicha determinación es contraria a la jurisprudencia laboral publicada por la misma Corte en septiembre de 2019.

Irineo Pérez Melo.- El Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) estableció que la resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE) pague las pensiones en UMAs y no en salarios mínimos atendió “a criterios económicos, financieros e incluso políticos, en lugar de respetar los derechos y el bienestar de los trabajadores”.

Lo anterior se desprende del manifiesto emitido este día por el organismo sindical en torno a la determinación de la Segunda Sala de la SCJN, afecta tanto los ingresos como los derechos humanos y laborales adquiridos de los trabajadores y jubilados, quienes cotizan y cotizaron bajo el régimen de pensión vitalicia.

“La misma determinación de la SCJN, es contraria a la jurisprudencia laboral 2020651, publicada en septiembre de 2019, en la cual establece que “la pensión de retiro de los trabajadores es una prestación de seguridad social derivada de la relación de trabajo y sustentada propiamente en el propio salario, incluso para generarla y pagarla se atiende al fondo constituido durante la vida activa laboral, mediante aportaciones de salario percibido, topadas a la cantidad de diez veces el salario mínimo, es claro que esta prestación es laboral”.

Además, en el documento signado por el maestro Alfonso Cepeda Salas, secretario general del Comité Ejecutivo Nacional del SNTE, se indica que contraviene principios básicos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, así como diversos Convenios y Recomendaciones referidas a la seguridad y justicia social emitidas por la Organización Internacional de Trabajo, así como disposiciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el sentido de que las pensiones deben tener como referencia el salario.

En ese tenor, se indica que el SNTE mantendrá la defensa de sus agremiados -activos y jubilados-, iniciando de inmediato un proceso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y ante todo organismo internacional en donde sea necesario hacerlo, para demandar que se respeten las disposiciones originales del Décimo Transitorio de la reforma del ISSSTE del 2007 y lograr que prevalezca el concepto de salarios mínimos para la determinación de los límites de la pensión por jubilación.

Además, fortalecerá su diálogo y negociaciones con diversos órganos del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo, para seguir impulsando la reforma de pensiones que ya se le presentó al Gobierno de la República, así como para lograr modificaciones que: precisen la equívoca interpretación de la reforma que instituyó la UMA como parámetro de pago y que no incluye a las pensiones.

Restablezcan la indexación del monto de las pensiones a los incrementos del salario mínimo y promueva cambios al régimen de pensiones que fortalezcan la viabilidad del ISSSTE como institución del Estado y se garanticen los derechos y el bienestar de los trabajadores al servicio del Estado.

“Tenemos claro que el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador está impulsando políticas para el bienestar de todo el pueblo de México, y que se ha pronunciado en diferentes ocasiones a favor de los trabajadores, así como de los jubilados, es un acto de justicia que las pensiones se paguen conforme al salario mínimo y no en la Unidad de Medida y Actualización.

En ese sentido, establece que el SNTE defenderá los derechos de todos sus afiliados ante los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, así como ante las instancias internacionales. Realizará una defensa de carácter colectivo, ejerciendo la representación del conjunto de trabajadores y jubilados afiliados al SNTE, una defensa legítima y viable, basada en la fuerza de su carácter representativo y unitario.

De igual manera, el SNTE rechazó el oportunismo de distintos despachos jurídicos y grupos de abogados privados quienes pretenden manipular a trabajadores para iniciar procesos individuales ante una resolución de la SCJN, a sabiendas de que dicha resolución es inatacable.

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