Piden al Congreso de la Unión atender resolución de la SCJN para reforma constitucional en materia de Ley de Consulta
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- El INPI realizó una consulta para legislar en este rubro, pero vulneró derecho de pueblos indígenas, al realizarlas en un idioma diferente al suyo.
Irineo Pérez Melo.- Organizaciones y Sociedad Campesinas nacionales demandaron a las Cámaras de Diputados y Senadores a cumplir con una resolución de juicio de amparo que ordena la Suprema Corte de Justicia de la Nación al Congreso de la Unión a reponer el procedimiento en torno a la reforma constitucional y legal sobre los derechos de los pueblos indígenas, relacionada con la Ley de Consulta, que debe ser libre, breve e informada.
En el último día del Foro Virtual Campesino: Perspectivas del Campo y las Organizaciones Rurales, que organizaron #El Movimiento el Campo es de Todos y el Congreso Agrario Permanente (CAP), en donde los representantes de UNORCA, CONSUCC, UFIC, Jamen Castillo, Jorge Emiliano Padilla Arellano e Isidro Pedraza, urgieron a los diputados y senadores que, en el próximo periodo de sesiones ordinarias, este asunto forme parte de la agenda legislativa.
Fue el director de Asuntos Internacionales del Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI), quien expuso esta situación, señalando que el propio instituto al llevar a cabo la consulta para llevar a cabo dicha reforma, vulneró los derechos de los pueblos originarios al realizarla los documentos en materia de discusión fueron redactados única y exclusivamente en un idioma extraño a su lengua materna.
Expresó que se quiso enmendar el error, presentando en todos los eventos a un traductor que hacía pasar del español a la lengua indígena el asunto que se estaba debatiendo, pero los indígenas no tenían conocimiento en su idioma de lo que se estaba consultando.
El especialista destacó que ha habido falta de voluntad por parte del Estado de proteger y respetar y, sobre todo, garantizar los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, por lo que se debe exigir que sean cumplidos, porque no hay vacíos legales, ni falta de reglamentación, catalogando a este sector de la población como ciudadanos de segunda.
Recordó que el Movimiento Campesino Plan de Ayala Siglo XXI, se inconformó por esta situación, presentando cuatro juicios de amparo, de los cuales se han resuelto dos, uno en contra y otro a favor con la sentencia 50/2019 que ordena a las cámaras de Diputados y Senadores a emitir una ley que regule la consulta libre, previa e informada.
Esta situación, dijo, orilló al INPI a realizar posteriormente consultas públicas en las condiciones que los momentos sean apropiados, pues no existe un modelo a seguir y todas deben ser casuísticas conforme esté establecido el proyecto para su realización, y el impacto que puedan tener, no solo para los pueblos indígenas, sino para todos los involucrados.
De ahí, dijo, la necesidad de contar con una legislación en la materia, misma que debe revisarse en el próximo periodo de sesiones ordinarias, con tiempo suficiente para la realización de la consulta relativa para tomar las opiniones y planteamientos de los pueblos indígenas involucrados y cumpliendo con los estándares internacionales.
Al respecto, James Castillo, dirigente nacional de la UNORCA, manifestó su preocupación en torno a este tema, debido a que no se cuenta con una bancada legislativa que represente a la sociedad, sino que “es una bancada del presidente”, como lo señala el diputado Mario Delgado, por lo que puede aprobarse una ley de consulta ad doc al gobernante en turno, que no recoja nada de los derechos que deba plasmar dicha norma.
De ahí que propuso que el mecanismo de parlamento abierto se siga sosteniendo y las organizaciones indígenas y campesinas puedan participar en la elaboración de dicha ley, y este es un buen momento para empezar a su discusión.
Además, mencionó que esto no tiene que ver con los derechos que se aprobaron, no es un instrumento coercitivo del derecho internacional, aunque sí representa el desarrollo internacional de las normas jurídicas y que se refleja en el compromiso de la ONU y de los estados miembros, es decir, a la consecuencia de su implementación.
Sin embargo, el Senado no lo habría aprobado aún estos derechos de los indígenas y campesinos, por lo que pidió que el Foro le exija al Senado su aprobación, para que de esta manera las organizaciones agrarias puedan irse insertando para la defensa de los derechos de los hombres del campo.
En iguales términos se refirió Jorge Emiliano Padilla Arellano, de la CONSUCC, estado de México e Isidro Pedraza de la UFIC, quienes consideraron necesario que se lleve a modificar el artículo 2° Constitucional para que la consulta sea libre, breve y ordenada y no como se realizó para la aprobación de algunos proyectos planteados o cancelados por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
- El INPI realizó una consulta para legislar en este rubro, pero vulneró derecho de pueblos indígenas, al realizarlas en un idioma diferente al suyo.