𝗟𝗮 𝗰𝘂𝗲𝗻𝘁𝗮 𝗽ú𝗯𝗹𝗶𝗰𝗮 𝘁𝗮𝗺𝗯𝗶é𝗻 𝗿𝗲𝘃𝗲𝗹𝗮 𝗹𝗼 𝗾𝘂𝗲 𝗹𝗼𝘀 𝗺𝘂𝗻𝗶𝗰𝗶𝗽𝗶𝗼𝘀 𝗱𝗲𝗷𝗮𝗿𝗼𝗻 𝗱𝗲 𝗽𝗹𝗮𝗻𝗲𝗮𝗿

OPINION

𝘗𝘰𝘳 𝘙𝘶𝘣é𝘯 𝘙𝘪𝘤𝘢ñ𝘰 𝘌𝘴𝘤𝘰𝘣𝘢𝘳

El informe del ORFIS sobre las cuentas públicas de 2025 en Veracruz debe preocuparnos. De los 211 municipios auditados, 181 presentaron irregularidades que hacen presumir un daño patrimonial por 𝗺á𝘀 𝗱𝗲 𝟮,𝟳𝟬𝟯 𝗺𝗶𝗹𝗹𝗼𝗻𝗲𝘀 𝗱𝗲 𝗽𝗲𝘀𝗼𝘀. Los otros 30 registraron inconsistencias administrativas que dieron lugar a observaciones y recomendaciones. Son resultados de fiscalización sujetos al procedimiento legal correspondiente; todavía no constituyen responsabilidades personales definitivamente acreditadas.

El informe identifica, entre las observaciones recurrentes, gastos sin documentación suficiente, problemas en los procedimientos de contratación, recursos no recuperados, obras inconclusas, obras que no operan y pagos por trabajos que no fueron ejecutados. Sería incorrecto presentar cualquiera de estas categorías como «la más frecuente» sin una comparación que el informe general no ofrece. Lo que sí podemos hacer es preguntarnos qué capacidades institucionales faltaron para prevenirlas.

Una cuenta pública muestra cómo se ejercieron los recursos. También puede revelar si existían reglas claras, proyectos bien preparados, responsables identificables y mecanismos capaces de detectar un problema antes de que terminara en una observación. 𝗖𝘂𝗮𝗻𝗱𝗼 𝗹𝗮 𝗽𝗹𝗮𝗻𝗲𝗮𝗰𝗶ó𝗻 𝗻𝗼 𝗴𝘂í𝗮 𝗹𝗮𝘀 𝗱𝗲𝗰𝗶𝘀𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀, 𝗲𝗹 𝗴𝗼𝗯𝗶𝗲𝗿𝗻𝗼 𝗽𝗶𝗲𝗿𝗱𝗲 𝗰𝗮𝗽𝗮𝗰𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗮𝗻𝘁𝗶𝗰𝗶𝗽𝗮𝗿, 𝗰𝗼𝗿𝗿𝗲𝗴𝗶𝗿 𝘆 𝗿𝗲𝗻𝗱𝗶𝗿 𝗰𝘂𝗲𝗻𝘁𝗮𝘀.

La reflexión corresponde a los 212 municipios de Veracruz, incluidos los gobiernos que hoy ejercen funciones. El informe revisa el ejercicio 2025, pero su enseñanza mira hacia adelante: cada Ayuntamiento necesita dar seguimiento efectivo a su Plan Municipal de Desarrollo (PMD) y contar con los programas necesarios para ejecutarlo. Aprobar y publicar el Plan es apenas el comienzo. Sus objetivos deben traducirse en responsabilidades de las dependencias, acciones calendarizadas, recursos asignados e indicadores que permitan conocer los resultados.

𝗘𝘀𝘁𝗼 𝘁𝗶𝗲𝗻𝗲 𝘀𝘂𝘀𝘁𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗹𝗲𝗴𝗮𝗹. La Ley Orgánica del Municipio Libre establece la elaboración del PMD y de los programas de trabajo necesarios para ejecutarlo. También dispone su ejecución, control, evaluación y actualización. Su artículo 197 señala expresamente que el Plan se complementará con 𝗽𝗿𝗼𝗴𝗿𝗮𝗺𝗮𝘀 𝗮𝗻𝘂𝗮𝗹𝗲𝘀 𝘀𝗲𝗰𝘁𝗼𝗿𝗶𝗮𝗹𝗲𝘀 de la administración municipal y, cuando corresponda, con otros programas. El artículo 200 hace obligatorios el Plan y sus programas derivados para las dependencias y entidades municipales.

Aquí persiste una confusión que conviene resolver. Un programa sectorial organiza los objetivos, estrategias y acciones de un ámbito de gobierno; un programa presupuestario permite ordenar recursos, productos y resultados para su ejecución y seguimiento. Cumplen funciones relacionadas, pero uno no sustituye automáticamente al otro. Ambos deben guardar congruencia con el PMD, al igual que los programas especiales que exijan las leyes aplicables a materias específicas.

La Ley de Planeación del Estado refuerza esa relación: los programas derivados del PMD deben ser congruentes entre sí, orientar la actividad de la administración municipal y servir, en su caso, de base para integrar los presupuestos anuales. Asimismo, exige relacionar la información de ingresos y egresos con los objetivos y prioridades del Plan y sus programas. 𝗗𝗮𝗿 𝘀𝗲𝗴𝘂𝗶𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼 𝘀𝗶𝗴𝗻𝗶𝗳𝗶𝗰𝗮 𝗽𝗼𝗱𝗲𝗿 𝗺𝗼𝘀𝘁𝗿𝗮𝗿 𝗲𝘀𝗮 𝗰𝗼𝗻𝗲𝘅𝗶ó𝗻, además de informar cuánto se gastó.

Para ello, los ayuntamientos necesitan fortalecer su Gestión para Resultados. La Metodología del Marco Lógico y las matrices de indicadores ayudan a definir qué problema se atiende, qué se hará, qué se espera lograr y cómo se medirá. El Sistema de Evaluación del Desempeño y su programa anual permiten revisar periódicamente los avances. Ningún instrumento cumple su propósito cuando se elabora sólo para integrar un expediente.

La revisión puede comenzar con preguntas concretas: ¿están completos y vigentes los programas derivados del PMD? ¿Cada dependencia conoce sus metas y responsabilidades? ¿El presupuesto financia las acciones previstas? ¿Existen indicadores con información confiable? ¿Se registran los retrasos y se toman decisiones para corregirlos? Si la respuesta a estas preguntas no puede documentarse, el Ayuntamiento tiene una tarea pendiente.

También hace falta desarrollo institucional: personal capacitado, procedimientos claros, coordinación entre áreas, archivos confiables y capacidad de evaluación. El Programa de Desarrollo Institucional Municipal, conocido como PRODIM, ofrece una vía para fortalecer capacidades de gestión conforme a las reglas del FAISMUN. Desde hace años he sostenido que cada Ayuntamiento debería contar con una estrategia seria de desarrollo institucional. Las necesidades del municipio cambian; sus capacidades para atenderlas también deben crecer.

El informe de 2025 es una advertencia y una oportunidad. Atender las observaciones es indispensable, pero el objetivo de fondo consiste en evitar que las fallas se repitan. Los 212 ayuntamientos tienen una responsabilidad concreta: 𝗵𝗮𝗰𝗲𝗿 𝗾𝘂𝗲 𝘀𝘂𝘀 𝗽𝗹𝗮𝗻𝗲𝘀 𝘆 𝗽𝗿𝗼𝗴𝗿𝗮𝗺𝗮𝘀 𝗰𝗼𝗻𝗱𝘂𝘇𝗰𝗮𝗻 𝗹𝗮𝘀 𝗱𝗲𝗰𝗶𝘀𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝗱𝗶𝗮𝗿𝗶𝗮𝘀 𝗱𝗲𝗹 𝗴𝗼𝗯𝗶𝗲𝗿𝗻𝗼.

La ciudadanía tiene derecho a una respuesta comprensible: qué se prometió, qué se hizo, cuánto costó y qué cambió en su municipio. Cuando un Ayuntamiento puede responder con evidencia, la planeación deja de ser un documento archivado y se convierte en una herramienta de buen gobierno.

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